Ir al contenido principal
CatalunyaInfo

Servicios públicos

Voto por correo en las elecciones del 29 de noviembre: plazos, cómo pedirlo y cómo enviarlo

Voto por correo el 29N: hasta cuándo se pide, cómo hacerlo en Correos o por internet, cuándo llega la documentación, hasta cuándo se envía el voto y si después puedes votar en persona.

Publicado el Actualizado el 9 min de lecturaVerificado el
Dos urnas en una mesa electoral, la transparente del Congreso y la sepia del Senado
En las generales se vota en dos urnas: Congreso y Senado.LauraHale · CC BY-SA 3.0
En esta página (9)
  1. Ya lo he pedido: ¿puedo votar en persona?
  2. Cómo pedirlo en Correos, en persona
  3. Cómo pedirlo por internet
  4. Cuándo llega la documentación y qué hacer si no estás en casa
  5. Cómo votar y entregar el voto en Correos
  6. Calendario del voto por correo del 29N
  7. Quién puede votar por correo
  8. Si vives o estás en el extranjero
  9. Sigue leyendo

Pide el voto por correo hasta el jueves 19 de noviembre de 2026 en cualquier oficina de Correos, en persona y con el DNI, el pasaporte o el carné de conducir originales, o por internet en la web de Correos con certificado digital o DNI electrónico. La documentación te llega por correo certificado entre el 9 y el 22 de noviembre, y tienes que entregar el voto en Correos hasta el miércoles 25 de noviembre, sin pagar nada. Una vez aceptada la solicitud, ya no puedes votar en persona el domingo 29.

Voto por correo el 29N, paso a paso

  1. Pídelo hasta el jueves 19 de noviembre

    En cualquier oficina de Correos, con el DNI, el pasaporte o el carné de conducir originales (nunca una fotocopia), o por internet en la web de Correos con certificado digital o DNI electrónico.

  2. Recibe la documentación entre el 9 y el 22 de noviembre

    Llega por correo certificado a la dirección que diste y la tienes que firmar tú, identificándote. Si no estás en casa, te tienen que avisar para que la recojas en la oficina de Correos.

  3. Vota en casa

    Papeleta del Congreso en el sobre blanco; papeleta del Senado, marcada según las instrucciones de la propia papeleta, en el sobre sepia. Mete los dos sobres y el certificado de inscripción en el censo en el sobre dirigido a la mesa.

  4. Entrégalo en Correos hasta el miércoles 25 de noviembre

    En cualquier oficina, en el horario habitual, identificándote. No cuesta nada. Si no puedes ir, puede hacerlo otra persona con tu autorización firmada y una fotocopia de tu documento.

  5. El 29, Correos lo lleva a tu mesa

    A las 9 de la mañana. Si al entregarlo das una dirección de correo electrónico, Correos te avisa cuando el voto llega a la mesa. A las 20 h, la mesa lo mete en la urna.

En catalàEn castellanoIn English

Última verificación de los datos de esta página: 5 de noviembre de 2026.

Los plazos del voto por correo los fijan la LOREG y el calendario de la Junta Electoral Central; esta página los repite tal como los publican Correos, el Ministerio del Interior y el INE.

Ya lo he pedido: ¿puedo votar en persona?

No. Cuando la Oficina del Censo Electoral acepta la solicitud, lo anota en el censo para que no votes personalmente (LOREG, artículo 73). Según el manual oficial de las mesas del 29N, junto a tu nombre aparece una «C» y, si vas al colegio, la mesa no te dejará votar.

Por eso, si lo has pedido, la única forma de votar es por correo: si el 22 de noviembre aún no te ha llegado la documentación, consulta el envío y llama a la Oficina del Censo Electoral.

Cómo pedirlo en Correos, en persona

  • Dónde y hasta cuándo: en cualquier oficina de Correos, desde la convocatoria (6 de octubre) hasta el 19 de noviembre, ambos incluidos.
  • Qué hay que llevar: el DNI, el pasaporte o el carné de conducir originales, con foto. El personal de Correos comprueba la identidad y la firma; no se acepta ninguna fotocopia.
  • El formulario: lo rellenas en la oficina, o antes en la sede del INE, sin certificado ni Cl@ve. En ese caso tienes que imprimirlo dos veces, firmarlo y llevarlo a Correos: si no lo presentas en una oficina, la solicitud no se tramita.
  • Si estás enfermo: si una enfermedad o una incapacidad te impide ir, puede pedirlo por ti otra persona con una autorización notarial (o consular) y un certificado médico oficial, que es gratuito. Cada autorización es para un solo elector, y una persona no puede representar a más de uno.

Cómo pedirlo por internet

En la web de Correos, con un certificado digital o el DNI electrónico; el Ministerio del Interior indica que además hay que tener instalada la aplicación AutoFirma. Rellenas los datos, firmas electrónicamente la petición y, al terminar, descargas la solicitud.

¿Y con Cl@ve? Ni Correos, ni el Ministerio del Interior, ni el INE citan Cl@ve para pedir el voto por correo por internet (consultado el 5 de noviembre de 2026): solo el certificado digital o el DNI electrónico. Sin certificado, rellena el formulario en la web del INE y llévalo impreso a Correos.

Cuándo llega la documentación y qué hacer si no estás en casa

  • Cuándo: la Oficina del Censo Electoral la envía por correo certificado entre el 9 y el 22 de noviembre, a la dirección que indicaste. Según el INE, espera a que se resuelvan los recursos contra las candidaturas, que terminan el 12 de noviembre.
  • Qué hay en el sobre: las papeletas y los sobres de votación, el certificado de inscripción en el censo, un sobre con la dirección de tu mesa y una hoja de instrucciones.
  • La tienes que firmar tú: el cartero te la entrega a ti, identificándote. Si no estás en casa, te deja un aviso y tienes que ir a recogerla personalmente a la oficina de Correos que indica. Si estás enfermo, puede hacerlo la persona con autorización notarial.
  • Si no te llega: consulta el estado del envío en el servicio del INE, con el número del DNI o del pasaporte y la fecha de nacimiento, o llama a la Oficina del Censo Electoral al 900 343 232 (gratuito).

Cómo votar y entregar el voto en Correos

  • Vota: mete la papeleta de la candidatura que elijas al Congreso en el sobre de votación blanco. En la papeleta del Senado, marca los candidatos que elijas siguiendo las instrucciones de la papeleta y métela en el sobre sepia.
  • Prepara el envío: dentro del sobre dirigido a la mesa van los sobres de votación y el certificado de inscripción en el censo. No lo olvides: según el manual oficial de las mesas, un sobre sin el certificado se destruye y no cuenta ni como voto nulo.
  • Entrégalo hasta el miércoles 25 de noviembre en una oficina de Correos, en el horario habitual, identificándote. Va por correo certificado y no hay que pagar nada.
  • Si no puedes ir, puede llevarlo otra persona con una autorización firmada por ti y una fotocopia de tu DNI, pasaporte u otro documento oficial. Correos tiene un modelo de autorización.
  • Aviso por correo electrónico: como novedad, si das una dirección de correo electrónico al entregar el voto, Correos te avisa cuando llega a la mesa el día de la votación.
  • El día 29, Correos lleva los votos a las mesas a las 9 de la mañana. A las 20 h, cuando ha votado la última persona, la mesa los abre de uno en uno, comprueba el certificado y mete los sobres en la urna.

Calendario del voto por correo del 29N

Voto por correo, elecciones generales del 29 de noviembre de 2026
QuéCuándo (2026)
Pedir el voto por correo en Correos6 de octubre – jueves 19 de noviembre
Envío de la documentación por correo certificadoLunes 9 – domingo 22 de noviembre
Entregar el voto en CorreosDesde que recibes la documentación hasta el miércoles 25 de noviembre
Correos lleva los votos a las mesasDomingo 29 de noviembre, a las 9 h (y hasta las 20 h)
La mesa mete los votos por correo en la urnaDomingo 29 de noviembre, a las 20 h
Residentes en el extranjero (CERA): voto por correo al consuladoHasta el martes 24 de noviembre
Residentes en el extranjero (CERA): voto en la urna del consuladoSábado 21 – jueves 26 de noviembre

Fuentes: calendario de la Junta Electoral Central, INE y LOREG (artículos 72 a 75), consultados el 5 de noviembre de 2026.

Quién puede votar por correo

Cualquier elector que el día de la votación no vaya a estar en la localidad donde le toca votar, o que no pueda presentarse, por ejemplo por enfermedad o discapacidad (LOREG, artículo 72). También los españoles inscritos como residentes en el extranjero (CERA) que estén temporalmente en España: pueden pedirlo en Correos en el mismo plazo.

Si vives o estás en el extranjero

  • Temporalmente en el extranjero (ERTA): el plazo para pedir el voto en el consulado terminó el 31 de octubre. El INE envía la documentación entre el 3 y el 9 de noviembre (hasta el 17 si hay recursos) y el voto se devuelve por correo certificado hasta el 25 de noviembre.
  • Residentes en el extranjero (CERA): no hay que pedir nada, la documentación llega de oficio. Puedes enviar el voto por correo al consulado hasta el 24 de noviembre o depositarlo en la urna del consulado del 21 al 26 de noviembre. No lo envíes directamente a la Junta Electoral Provincial: según el INE, los votos que no llegan a través del consulado son nulos.
  • CERA que estás en España: puedes pedir el voto por correo en Correos hasta el 19 de noviembre, como cualquier elector residente.

Todos los plazos para los electores en el extranjero están en la página del INE para el 29N.

Todo lo demás del 29N (dónde votas, horario, documento, calendario completo): cómo votar en las elecciones del 29 de noviembre.

¿Hasta cuándo se puede pedir el voto por correo para el 29N?
Hasta el jueves 19 de noviembre de 2026, el décimo día antes de la votación (LOREG, artículo 72): en cualquier oficina de Correos, en persona con el documento de identidad original, o por internet en la web de Correos con certificado digital o DNI electrónico.
¿Se puede pedir el voto por correo con Cl@ve?
Correos, el Ministerio del Interior y el INE solo citan el certificado digital o el DNI electrónico para pedirlo por internet, no Cl@ve. Sin certificado, puedes rellenar el formulario en la web del INE, imprimirlo dos veces y presentarlo firmado en una oficina de Correos, o hacerlo todo en la oficina con el DNI.
Si he pedido el voto por correo, ¿puedo votar en persona?
No. Cuando la solicitud se acepta, la Oficina del Censo Electoral lo anota en el censo: junto a tu nombre aparece una «C» y la mesa no te dejará votar presencialmente. Solo puedes votar por correo.
¿Cuándo llega la documentación del voto por correo?
Entre el 9 y el 22 de noviembre de 2026, por correo certificado a la dirección que indicaste. La tienes que firmar tú, identificándote.
¿Qué pasa si no estoy en casa cuando llega el cartero?
Te deja un aviso y tienes que ir a recoger la documentación personalmente a la oficina de Correos que indica, con el documento de identidad. Si estás enfermo, puede hacerlo la persona que tenga tu autorización notarial.
¿Hasta cuándo puedo enviar el voto por correo?
Hasta el miércoles 25 de noviembre de 2026, en una oficina de Correos y en el horario habitual, identificándote. Va por correo certificado y es gratuito.
¿Puede llevar el voto a Correos otra persona?
Sí, con una autorización firmada por ti y una fotocopia de tu DNI, pasaporte u otro documento oficial. Correos tiene un modelo de autorización. Pedir el voto, en cambio, solo lo puede hacer otra persona en caso de enfermedad, con autorización notarial y certificado médico oficial.
¿Cuesta dinero votar por correo?
No. El sobre dirigido a la mesa no necesita franqueo (LOREG, artículo 73): el Ministerio del Interior paga el envío.
¿Cómo sé si mi voto por correo ha llegado a la mesa?
Como novedad, si das una dirección de correo electrónico al entregar el voto en Correos, te confirman por correo electrónico que ha llegado a la mesa el día de la votación. El estado del envío de la documentación se consulta en la web del INE.

Sigue leyendo

Fuentes

Esta página cita fuentes oficiales y primarias. Si detectas un error, avísanos.

  1. Voto por correo — Correos
  2. Voto por correo desde España, elecciones del 29 de noviembre (solicitud hasta el 19 de noviembre, entrega hasta el 25; confirmación por correo electrónico) — Ministerio del Interior
  3. Elecciones a Cortes Generales de 29 de noviembre de 2026: guía — INE — Oficina del Censo Electoral
  4. Consulta del estado del voto por correo — INE — Oficina del Censo Electoral
  5. Calendario electoral, elecciones generales 2026 — Junta Electoral Central
  6. Ley Orgánica 5/1985, del Régimen Electoral General — Boletín Oficial del Estado
  7. Instrucción 5/2023 de la Junta Electoral Central, sobre la identificación personal al entregar el voto por correo en las oficinas de Correos — Boletín Oficial del Estado
  8. Real Decreto 806/2026, de disolución del Congreso y del Senado y de convocatoria de elecciones — Boletín Oficial del Estado
  9. Manual de instrucciones para las personas que integran las Mesas electorales, elecciones a Cortes Generales 2026 — Ministerio del Interior

¿Te ha resultado útil esta página?

Contenido relacionado